saludMáquinas expendedoras inteligentes para venta de medicamentos que no requieren prescripción bajo receta médica

agosto 12, 2021

Todo medicamento que no requiera la presentación de una receta médica para su compra se conoce como medicamento de venta popular (·Ley 1 de 2001, art.3, #49).   La venta de estos medicamentos puede darse en farmacias y, si la Autoridad de Salud lo permite, también pueden ser vendidos en establecimientos comerciales.

En esta época, en el que la tecnología ha venido revolucionando los sistemas tradicionales de adquisición de bienes y servicios, aunado a los cambios positivos que se han estado implementando a raíz de la pandemia del Covid-19, para llevar a cabo de manera automatizada la mayor cantidad de procesos posibles, evitando las aglomeraciones, contacto con personas, y exposición al riesgo, nos encontramos que las conocidas máquinas expendedoras también sufren transformaciones trascendentales y hoy en día son reconocidas como una modalidad para operar el comercio de manera especializada.

 

Esto motivó a la Autoridad de Salud a regular el procedimiento y requisitos para habilitar el uso de de máquinas automáticas expendedoras de medicamentos de venta popular y con esto permitir el acceso a este servicio, de manera práctica y segura.

Toda máquina expendedora inteligente, que cuente con un sistema que mantenga las temperaturas adecuadas y permita el almacenamiento seguro, así como desplegar la información detallada de cada producto antes de dispensarlo, de forma tal que el cliente tenga la oportunidad de revisar sus caracteristicas, componentes y demás datos que le permiten asegurarse que el producto seleccionado, es el que realmente necesita y desea comprar, puede optar para brindar este tipo de servicios.   Pero para ello, se debe obtener los permisos correspondientes.

 

Datos importantes:

  • Cada máquina debe inscribirse ante la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas, para lo cual es necesario presentar una Solicitud debidamente sustentada con información y ficha técnica de la máquina, lugar donde ésta operará, Permiso de Operación, entre otros.
  • Esta Inscripción es válida por un (1) año, renovables.
  • Se debe atender las recomendaciones de ubicación, exposición al clima, temperatura y humedad, higiene, verificación, expiración de productos, reabastecimiento, entre otros.

Ya hemos logrado la Inscripción de la primera máquina expendedora inteligente autorizada por la Dirección de Farmacias y Drogas en Panamá!

 

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