Civil- BienesTestamento Ológrafo

agosto 18, 2021

El Testamento es un documento que recoge la voluntad de una persona, sobre la disposición de sus bienes y la designación de quién o quiénes será(n) el o los beneficiario(s) de los mismos, al momento de su  fallecimiento.  A esta persona se le conoce como testador.  Y al beneficiario de los mismos se le conoce como heredero.  Son muchas las clases de Testamentos, dentro de los que se encuentra el Testamento Olografo.

El testamento ológrafo se encuentra entre los testamentos comunes, al igual que el testamento abierto o cerrado.  Este tipo de testamentos, es uno de los más sencillos y menos costoso, al momento de hacerse, pero debe cumplir con ciertos requisitos para su validez.

 

 

De su nombre se desprende que es un documento escrito a mano por el testador.  No necesita de una formalidad en su redacción ni tampoco requiere utilizar algún papel especial.   Suficiente que coloque la fecha completa, del día que redacta el testamento, especifique con claridad el o los bienes que desea heredar evitando confusiones y detalle la(s) persona(s) que desea dejar como heredera de sus bienes – con nombre, apellidos y de ser posible número de documento de identidad personal (cédula o pasaporte).

 

 

 

Recuerde, para que el testamento Ológrafo sea valido requiere de ciertas condiciones, que son:

  1. Que el testador sea mayor de edad.
  2. Que sea escrito por el testador directamente de su puño y letra en un papel común.
  3. Que sea firmado por el testador.
  4. Identificar el dia, mes y año que fue otorgado.

Importante.  Tenga siempre presente que:

En el testamento, sólo se debe incluir aquellos bienes que están a su nombre (es decir que ya son de su propiedad).

En un mismo testamento, no pueden expresar su voluntad, dos personas distintas.

Al momento de fallecer el testador, la persona que posea el testamento o cualquier de los herederos deberá presentarlo ante un Juez de Circuito, para que éste verifique si cumple con los reequisitos de testamento ológrafo; y así, ordene su protocolización ante un Notario.

Una vez protocolizado el testamento ológrafo se siguirá con el procedimiento de una sucesion testada.

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